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 Despidos injustificados

 Autodespido laboral

 Accidentes del trabajo

 Tutela laboral

 Nulidad del despido

 Régimen de subcontratación

ESTUDIO JURÍDICO LABORAL

La Nueva Justicia Laboral, ha venido a modernizar la forma de resolver los conflictos entre trabajadores y empleadores, consagrando el derecho del trabajador a recurrir ante Juzgados del Trabajo especializados, para que, en un procedimiento público y oral, se declare su derecho a recibir las prestaciones laborales e indemnizaciones legales correspondientes ante despidos injustificados, indebidos e improcedentes, accidentes del trabajo y violación de derechos fundamentales.

 

Nuestro Estudio Jurídico Laboral, está ubicado en la ciudad de Concepción y está compuesto por abogados con experiencia en las diversas áreas del Derecho Laboral, especialmente en la atención de casos sobre auto despido o despido indirecto, despidos injustificados, indebidos o improcedentes, tutela laboral, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

NUESTROS SERVICIOS

Despidos injustificados

Nuestro Código del Trabajo protege el derecho de los trabajadores a que no sean despedidos o desvinculados de manera injustificada, indebida o improcedente por sus empleadores.

Autodespido laboral

El trabajador tiene la facultad de auto despedirse en caso de que su empleador haya incumplido gravemente las obligaciones que le impone el contrato.

Accidentes del trabajo

La Ley Nº 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, entiende por accidente del trabajo toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Nulidad del despido

La denominada “Ley Bustos”, ha venido a introducir en nuestro sistema laboral la institución de la nulidad del despido, que consiste en una sanción al empleador que despide al trabajador sin haber acreditado que sus cotizaciones previsionales se encontraban pagadas al momento del despido.

Régimen de subcontratación

El artículo 183-A del Código del Trabajo, señala que, es trabajo en régimen de subcontratación, aquél realizado en virtud de un contrato de trabajo por un trabajador para un empleador, denominado contratista, cuando éste se encarga de ejecutar obras o servicios para una tercera persona dueña de la obra, empresa o faena, denominada empresa principal o mandante.

Tutela laboral

Nuestro actual Código del Trabajo contempla la denominada acción de tutela laboral cuya finalidad es dar protección a los derechos fundamentales del trabajador cuando estos han sido lesionados por el ejercicio de las facultades del empleador.